EL INCA DE ORO 1880–1882 MONEDAS

 

Ante la gran inflación que habían generado los billetes fiscales y la falencia económica que se vivía durante la Guerra del Pacífico, el 23 de diciembre de 1879 Don José Nicolás Baltazar de Piérola y Villena depuso a Luis La Puerta, vicepresidente del Perú y encargado del gobierno en ausencia de Mariano Ignacio Prado. 

 

El 23 de marzo de 1880 Piérola promulgó la ley de creación de “El Inca de oro” como unidad monetaria siendo una moneda de oro fino de 9 décimos y 1,61290 gr., disponiéndose crear monedas de 1, 2 y 5 Incas de oro.  El Inca quedó dividido en:

 

1 y 5 Pesetas llamadas “Moñona”  (5 pesetas = 1 Inca, 1 peseta = 1/5 de Inca),

1 y ½ de Real ambas de plata (la de 1 real no se llego a emitir) y

1, 2 y 5 centavos de cobre.

La acuñación de las Pesetas en la ceca de Lima solo fue en 1880 y en la ceca Ayacucho solo en 1881 y 1882. En la ceca Ayacucho se acuñaron 3 series de monedas: Las de 5 pesetas de 1881 y 1882 del mismo diseño que las dn Lima y una rara pieza de 1/2 real en 1882.  la ceca de Ayacucho fue administrada directamente por el Estado; a diferencia de las cecas de Cusco y en Arequipa que estuvieron en manos de particulares.

 

Las monedas de oro exhibirían en el centro del anverso el busto de la República, la inscripción: “Prosperidad y poder por la justicia” y en la parte inferior la fecha. En el reverso las armas de la República con dos estandartes a cada lado, una palma y un laurel; en el exergo la inscripción: “República Peruana, Lima, novecientos milésimos fino”, las iniciales de los apellidos de los ensayadores y el valor. En la práctica, las monedas de oro no se fabricaron, en su lugar se fabricaron billetes de 1, 5 y 100 Incas, además de resellos de billetes de sol por valores de 1 y 5 reales de Inca.

 

La ley establecía que “el tipo de las monedas de plata (pesetas y reales) será el mismo que el de las monedas de oro, con la diferencia de que el escudo llevará una palma y un laurel en lugar de los estandartes“. Las monedas de cobre “llevarán en el centro del anverso un sol, en el exergo, la inscripción: República Peruana y en la parte superior la fecha. En el reverso, las palabras dos o un centavo, rodeadas de una guirnalda formada por cornucopias“, es decir, similares a las que se emitían por aquel tiempo.

 

La ley especificaba “Nadie está obligado a recibir la moneda de plata por más de 25 pesetas, ni la de cobre por más de 20 centavos“. No obstante esta moneda fue bien aceptada y por decreto del 28 de agosto de 1880 se estableció que mientras no se ponga en circulación el Inca de Oro, las obligaciones en moneda metálica serían íntegramente cubiertas en moneda de plata, en la relación establecida por la ley, quedando en suspenso la restricción legal por la que nadie estaba obligado a recibir más de 25 pesetas.